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Dichos contribuyentes tienen plazo hasta el 17 y 20 de abril, respectivamente, para presentar la declaración de 2019. Les explicamos el paso a paso para elaborar la declaración en línea.

Fotografía: Prensa Alcaldía de Bucaramanga

La Alcaldía de Bucaramanga les recuerda a los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio, Servicios, Avisos y Tableros –cuyo último dígito de su NIT (antes del de verificación) termina en 9 y 0– que tienen plazo hasta el 17 y 20 de abril, respectivamente, para presentar la declaración del año gravable 2019.

Debido a que la medida de Aislamiento Preventivo Obligatorio ahora va hasta el 26 de abril próximo (a las 12:00 p.m.), la invitación es a elaborar la declaración en línea dentro de las fechas límite, para evitar sanciones por extemporaneidad.

Les explicamos el paso a paso para hacerlo, a través del portal para la elaboración de la declaración tributaria:

*Para registrarse:

  1. Haga clic AQUÍ para acceder al portal.

De lo contrario, ingrese a www.bucaramanga.gov.co, busque en el menú la opción Trámites y Servicios, y escoja la pestaña de Servicios Tributarios. Una vez allí, vaya al botón Transacciones en línea ubicado al final de la página; este le desplegará seis opciones. Elija la que dice Declaración de Industria y Comercio/ Retención, de inmediato se abrirá una pestaña nueva.

  1. Inicie su proceso de registro en el portal para la elaboración de la declaración tributaria al digitar su número de cédula de ciudadanía/ extranjería o NIT, contestar correctamente dos preguntas de seguridad, e ingresar el mismo correo electrónico registrado en la base de datos de contribuyentes.

Recibirá un mensaje en su correo con el asunto Confirmación de Registro Alcaldía de Bucaramanga. Tan pronto abra el enlace que contiene para validar e ingresar a su cuenta, recibirá un nuevo mensaje con los datos de acceso al portal.

*Para iniciar sesión:

  1. Repita el paso 1 que siguió para registrarse en el portal.
  2. Digite su número de documento y la contraseña suministrada por la Secretaría de Hacienda de Bucaramanga, para iniciar sesión.
  3. Una vez entre a su cuenta, haga clic en los botones Declarar ICA > Nueva declaración > Estoy de acuerdo. Diligencie su formulario de declaración de Industria y Comercio, y al final de la página confirme la información consignada.
  4. Por último, seleccione en el filtro de búsqueda su declaración de la vigencia 2019 y escoja el ícono de impresora; tiene dos opciones: descargar el ‘Recibo para pago’ o ‘Recibo para presentación’.

Si se acoge a la primera opción, indique el monto a pagar (de contado o por cuotas), y haga clic en el botón ‘Recibo para pago’ para la descarga del mismo. Recuerde utilizar una impresa láser para la correcta lectura del código de barras, y firmar la declaración quienes deben hacerlo (representante legal, revisor fiscal o contador público).

Una vez elaborada en línea, impresa y firmada la declaración, el contribuyente debe llevarla a cualquiera de las siguientes entidades financieras, y presentarla allí con un pago mínimo:

  • Banco AV Villas
  • Banco BBVA
  • Banco Bogotá
  • Banco Caja Social
  • Banco Colpatria
  • Banco Coopcentral
  • Banco Davivienda
  • Banco de Occidente
  • Banco Pichincha
  • Banco Sudameris
  • Banco Itaú
  • Bancoomeva
  • Financiera Comultrasan

Si no va a realizar el pago de ninguna cuota (segunda opción), haga clic en el botón ‘Recibo para presentación’; luego, imprima, firme y envíe escaneada la declaración a través del módulo PQRSD (Registrar solicitud> Petición general) de la página web de la Alcaldía. Este mismo procedimiento opera cuando la declaración no resulta con impuesto a pagar, es decir está en cero.


INGRESE AQUÍ AL MÓDULO PQRSD


Recuerde guardar la declaración original, pues será requerida una vez sea levantada la emergencia sanitaria.

Plazos para el pago por cuotas de Industria y Comercio

Según la resolución 3947 del 2 de diciembre de 2019 –con modificación parcial mediante resolución 1078 del 16 de marzo de 2020–, las fechas límite para el pago por cuotas del impuesto de Industria y Comercio, Servicios, Avisos y Tableros del año gravable 2019 son las siguientes:

Primera cuota30 de abril de 2020
Segunda cuota30 de junio de 2020
Tercera cuota30 de septiembre de 2020

Cabe destacar que la Alcaldía de Bucaramanga estudia la posibilidad de brindar más plazo para el pago de la primera cuota, decisión que será informada oportunamente a través de sus canales oficiales.

 

Por: Joselyn Osorio Fonseca