Los contribuyentes, cuyo último dígito de la cédula de ciudadanía/ extranjería o NIT termina en 1, tienen plazo para declarar el año gravable 2019 hasta hoy 18 de febrero.
Saharay Rojas – Secretaria de Hacienda de Bucaramanga
En Bucaramanga el periodo de vencimiento de los plazos para declarar el impuesto de Industria y Comercio, Servicios, Avisos y Tableros de la vigencia 2019 está comprendido entre el 18 de febrero y 19 de marzo próximo, según la Resolución 3947 del 2 de diciembre de 2019.
Es de recordar que la fecha límite para cada contribuyente depende del último dígito de su cédula de ciudadanía, extranjería o NIT (antes del de verificación):
Último digito del NIT o Cédula | Hasta el día |
1 | Febrero 18 de 2020 |
2 | Febrero 20 de 2020 |
3 | Febrero 25 de 2020 |
4 | Febrero 27 de 2020 |
5 | Marzo 3 de 2020 |
6 | Marzo 5 de 2020 |
7 | Marzo 10 de 2020 |
8 | Marzo 12 de 2020 |
9 | Marzo 17 de 2020 |
0 | Marzo 19 de 2020 |
“Hacemos un llamado a los contribuyentes para que no dejen pasar sus fechas de declaración [sin extemporaneidad]”, afirmó Saharay Rojas, secretaria de Hacienda de Bucaramanga.
Pueden agilizar su trámite descargando el formulario único nacional de declaración y pago del impuesto de Industria y Comercio a través de la página web www.bucaramanga.gov.co.
DESCARGUE AQUÍ EL FORMULARIO DE DECLARACIÓN DE INDUSTRIA Y COMERCIO
La funcionaria recordó que los contribuyentes de Industria y Comercio que deben pagar, tienen plazo para hacerlo hasta el próximo 31 de marzo con el 5% de descuento. Ahora bien, también pueden acogerse a los tres plazos establecidos para el pago por cuotas:
1° cuota | Marzo 31 de 2020 |
2° cuota | Junio 30 de 2020 |
3° cuota | Septiembre 30 de 2020 |
¡Gobernar es Hacer!, es seguir construyendo ciudad a través de la contribución por impuestos de los bumangueses.
Por: Joselyn Osorio Fonseca