La disciplina, el compromiso y el cuidado de los bumangueses es vital para seguir avanzando con resultados positivos que se destacan en el ámbito nacional.
La capital santandereana aplana la curva de contagios y espera salir adelante con rigurosidad y conciencia colectiva. No podemos bajar la guardia y la vida es sagrada.
- Los almacenes de grandes superficies sólo podrán atender de manera presencial a la población, de lunes a viernes, en el horario comprendido entre las 6:00 a.m. a 8:00 p.m. En las otras horas del día únicamente la prestación del servicio mediante domicilios.
- La medida del ‘Pico y Cédula’ no aplicará desarrollar los siguientes servicios notariales: testamentos, matrimonio civil conciliaciones, audiencias de insolvencia de personas naturales no comerciales y en el registro civil de nacimiento. Cabe decir que el usuario deberá portar documento expedido por el Notario que acredite su desplazamiento. Para todos los efectos, se suministraron los siguientes correos electrónicos:
- primerabucaramanga@supernotariado.gov.co
- segundabucaramanga@supernotariado.gov.co
- tercerabucaramanga@supernotariado.gov.co
- cuartabucaramanga@supernotariado.gov.co
- quintabucaramanga@supernotariado.gov.co
- sextabucaramanga@supernotariado.gov.co
- septimabucaramanga@supernotariado.gov.co
- octavabucaramanga@supernotariado.gov.co
- novenabucaramanga@supernotariado.gov.co
- decimabucaramanga@supernotariado.gov.co
- Restricción a la movilidad de trabajadores de la construcción. Únicamente se permitirá la circulación, previamente registrados por las empresas en la plataforma establecida en la Cámara de Comercio, en el horario comprendido entre las 8:00 a.m. y las 7:00 p.m.
- Quienes hayan establecido turnos laborales comprendidos en el horario entre las 7:01 p.m. y 7:59 a.m., las empresas deberán actualizar el horario en la plantilla de registro de empleados en la plataforma emergencia.bucaramanga.gov.co/empresas.
- La habilitación del turno laboral entre las 7:01 p.m. y las 7:59 a.m. estará a cargo de la Secretaría del Interior del Municipio de Bucaramanga.
- Restricción a la movilidad de trabajadores de la construcción. Únicamente se permitirá la circulación, previamente registrados por las empresas en la plataforma establecida en la Cámara de Comercio, en el horario comprendido entre las 10:00 a.m. y las 8:00 p.m.
- Quienes hayan establecido turnos laborales comprendidos en el horario entre las 8:01 p.m. y 9:59 a.m., las empresas deberán actualizar el horario en la plantilla de registro de empleados en la plataforma emergencia.bucaramanga.gov.co/empresas.
- La habilitación del turno laboral entre las 8:01 p.m. y las 9:59 a.m. estará a cargo de la Secretaría del Interior del Municipio de Bucaramanga
- Para la operación de establecimientos prestadores de servicio de mantenimiento vehicular, artefactos, embarcaciones, maquinaria agrícola o pesquera, según los diferentes modos de transporte, así como de establecimientos en los cuales se realice el suministro y/o instalación de repuestos, se debe dar cumplimiento al siguiente procedimiento:
- El establecimiento o agremiación deberá manifestar formalmente el interés de operar en la plataforma emergencia.bucaramanga.gov.co/empresas (sección talleres y autoparte).
- Los talleres y autopartes únicamente podrán operar mediante citas programadas.
- La Secretaría del Interior del Municipio de Bucaramanga revisa la suficiencia y calidad de la información remitida y verifica la revisión que la Secretaría de Salud realice a los protocolos de bioseguridad.
- La Secretaría del Interior registra en la plataforma los establecimientos que postulará ante el Centro de Logística y Transporte del Ministerio de Transporte, autoridad que finalmente determina si aprueba o rechaza la operación de establecimientos.
- Las empresas del sector proveedor de elementos para la fabricación del calzado (peleteros) ya pueden iniciar labores, una vez hayan surtido los procesos de inscripción en emergencia.bucaramanga.gov.co (sección manufactura).
Las decisiones se enmarcan en la línea correcta y, a través de la articulación de esfuerzos con el Gobierno Nacional y los gremios, se brindan oportunidades para todos. ¡Gobernar es Hacer!
VER DECRETO 0144 DEL 6 DE MAYO
Por Félix Cristancho