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¡Agentes retenedores! Recuerden que pueden elaborar la declaración de manera virtual.

Fotografía: archivo / Prensa Alcaldía de Bucaramanga

La Alcaldía de Bucaramanga les recuerda a los agentes retenedores que el periodo de vencimiento de los plazos para presentar la declaración y pago de retenciones en la fuente de Industria y Comercio efectuadas en abril pasado, está comprendido entre el 15 y 22 de mayo próximo.

La fecha límite para cada agente retenedor depende del último dígito de su NIT, así:

Si el último dígito es:Mes de abril de 2020
1, 2, 315 de mayo de 2020
4, 5, 620 de mayo de 2020
7, 8, 9, 022 de mayo de 2020

Cabe aclarar que las retenciones correspondientes a marzo pasado sí se pueden declarar y pagar hasta el 29 de mayo próximo, independientemente del último dígito del NIT del agente retenedor, tal como se establece en la Resolución 1135 de 2020.

Este trámite lo pueden realizar de manera virtual, a través del portal para la elaboración de la declaración tributaria –una plataforma sencilla de utilizar y muy intuitiva–. Les explicamos el paso a paso del proceso:

*Para registrarse:

  1. Dar clic AQUÍ para acceder al portal de la elaboración de la declaración tributaria; de lo contrario, hagan lo siguiente:

Ingrese a www.bucaramanga.gov.co y haga clic sobre el botón “Realice su declaración de Industria y Comercio / RETEICA”, para ser redireccionado a la ventana de Información Tributaria. Una vez allí, vaya al botón Transacciones en línea ubicado al final de la página; este le desplegará seis opciones. Elija la que dice Declaración Industria y Comercio/ Reteica/ Recibo de pago, de inmediato se abrirá una pestaña nueva.

  1. Inicie su proceso de registro en el portal para la elaboración de la declaración tributaria al digitar su número de cédula de ciudadanía/ extranjería o NIT, contestar correctamente dos preguntas de seguridad, e ingresar el mismo correo electrónico registrado en la base de datos de contribuyentes.

Recibirá un mensaje en su correo con el asunto ‘Confirmación de Registro Alcaldía de Bucaramanga’. Tan pronto abra el enlace que contiene para validar e ingresar a su cuenta, recibirá un nuevo mensaje con los datos de acceso al portal.

*Para iniciar sesión:

  1. Repita el paso 1 que siguió para registrarse en el portal.
  2. Digite su número de documento y la contraseña suministrada por la Secretaría de Hacienda de Bucaramanga, para iniciar sesión.
  3. Una vez entre a su cuenta, dé clic en los botones Declarar RETEICA > Nueva Retención > Estoy de acuerdo. Diligencie su formulario de retención en la fuente de Industria y Comercio, y al final de la página guarde la información consignada.

Por último, seleccione en el filtro de búsqueda su declaración correspondiente a marzo o abril de 2020 (en este caso) y haga clic sobre el ícono de impresora para la descarga del formulario en formato PDF.

Recuerde utilizar una impresa láser para la correcta lectura del código de barras, y firmar la declaración (representante legal, revisor fiscal o contador público).

Una vez elaborada en línea (no en físico), impresa y firmada la declaración, el agente de retención debe llevarla a cualquiera de las siguientes entidades financieras, y presentarla allí con pago –respetando siempre la medida de ‘Pico y Cédula’–:

*Banco AV Villas

*Banco BBVA

*Banco Bogotá

*Banco Caja Social

*Banco Colpatria

*Banco Coopcentral

*Banco Davivienda

*Banco de Occidente

*Banco Pichincha

*Banco Sudameris

*Banco Itaú

*Bancoomeva

*Financiera Comultrasan

Si la declaración no tiene retenciones durante el mes, es decir se encuentra en cero, debe enviarla escaneada (firmada) a través del módulo PQRSD (Registrar solicitud> Petición general) de la página web de la Alcaldía; recuerde guardar la declaración original, pues será requerida una vez sea levantada la emergencia sanitaria.


INGRESE AQUÍ AL MÓDULO PQRSD


Por: Joselyn Osorio Fonseca