La Secretaría de Salud y Ambiente de Bucaramanga diseñó una ruta para saber qué hacer en caso de que una personas fallezca en calle.
En esta ruta, está clara la responsabilidad que tienen los diferentes actores involucrados en todo el proceso y qué se puede hacer en caso de que los requerimientos no sean atendidos en los tiempos proyectados.
Un fallecimiento en la calle requiere, inicialmente, la presencia de la Policía Nacional. Los uniformados que asisten son quienes definen si es muerte natural o muerte violenta, si es posible, también pueden identificar el cadáver.
Si consideran que es muerte natural y la persona está identificada, se notifica al Sistema de Emergencias Médicas, SEM, que activa la ruta llamando a la Empresa Administradora de Planes de Beneficios, EAPB, correspondiente.
Si es así, hay dos opciones:
- Fallecido afiliado a EAPB: La ruta se activa llamando directamente a la Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo y Subsidiado, EAPB, responsable de garantizar la emisión del certificado.
La EAPB debe enviar a la IPS domiciliaria contratada, que debe acudir en máximo tres horas al lugar, expedir dicho certificado y entregarlo a la familia.
En caso que el médico domiciliario encuentre signos de violencia, no se expide el certificado, sino que llama a la policía judicial.
2. Fallecido No Afiliado a EAPB: Se activa la ruta llamando al SEM, que envía a la IPS contratada por la Secretaría de Salud y Ambiente de Bucaramanga para que emita el certificado.
La IPS debe acudir en un tiempo máximo de tres horas al lugar, expedir dicho certificado y entregarlo a la familia.
En caso que el médico domiciliario encuentre signos de violencia, no se expide el certificado, sino que llama a la policía judicial.
También puede leer: https://www.bucaramanga.gov.co/noticias/alcaldia-acerca-el-punto-movil-del-sisben-a-la-comunidad-del-corregimiento-3/
¿Y si el cadáver no está identificado?
Si la muerte fue natural, pero el cadáver no está identificado (CNI), se debe notificar al SEM para que envíe a la IPS contratada por la Secretaría de Salud y Ambiente de Bucaramanga, y que sea esta entidad la que emita el certificado.
Asimismo, se envía a la funeraria, también contratada por la Secretaría, para que traslade el cadáver a Medicina Legal y allí sea identificado.
Sólo si hay doliente se entrega el cuerpo a la familia, en caso contrario, se debe expedir un edicto en la oficina de prensa de la Alcaldía de Bucaramanga y luego entregarlo al Cementerio Local.
Le puede interesar: https://www.bucaramanga.gov.co/noticias/tenemos-2-640-dosis-de-vacuna-moderna-pediatrica-contra-el-covid-19/
Así se hace cuando la muerte es violenta
En este caso, la Policía Nacional debe llamar a la Fiscalía y al CTI, luego del levantamiento; el cadáver se traslada a Medicina Legal, donde es entregado a la familia (si tiene doliente), o al Cementerio Local después del edicto correspondiente si no tiene doliente.
Si la EAPB no llega en el tiempo estipulado, puede poner su queja o reclamo al 607 6520801 o al 607 6337000.