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El próximo 25 junio se adelantarán las elecciones atípicas con las JAC que fueron notificadas para realizar este proceso. Conozca los roles y funciones generales de los dignatarios de las Juntas de Acción Comunal (JAC).

Fotografía: Prensa Alcaldía de Bucaramanga.

Las Juntas de Acción Comunal (JAC) son las encargadas de velar por el cumplimiento de los derechos humanos ante las autoridades municipales y departamentales, además de aportar en el desarrollo integral y sostenible de una comunidad.

En Bucaramanga existen 276 JAC, de las cuales 208, ya hicieron elecciones atípicas y cuentan con acto administrativo que reconoce a sus dignatarios.

Estos algunos de los roles y funciones generales que existen en las JAC:

Asamblea General:

Es la máxima autoridad de la JAC, integrada por todos los afiliados. Cada uno actúa con voz, voto y sus funciones.

Funciones de la junta directiva

Este es el órgano de dirección y administración de los organismos de acción comunal. Su conformación y funciones se deciden en los estatutos de cada organismo. Además, tienen estipuladas las funciones que se mencionan a continuación:

  • Ordenar gastos y celebrar contratos en la cuantía y naturaleza que le asigne la asamblea general.
  • Promover, liderar y presentar el plan de desarrollo comunal.
  • Elaborar y presentar anualmente los respectivos planes de acción de acuerdo con el plan aprobado por la asamblea general.
  • Promover una rendición de cuentas anual ante la asamblea general, donde se presenten sus resultados a las directivas, el fiscal o quien maneje los recursos del organismo.
  • Promover la participación ciudadana en los diferentes escenarios comunales.
  • Elegir dignatarios en calidad de encargo o ad-hoc.

Funciones del presidente

  • Ser delegado ante la asociación.
  • Ejercer la representación legal de la junta.
  • Dirigir las sesiones de la directiva y la asamblea.
  • Cumplir las decisiones de la asamblea y la directiva.
  • Convocar las reuniones.
  • Firmar las actas de la directiva, asamblea y la correspondencia junto con el secretario.
  • Realizar diligencias financieras que le pertenezcan junto con el tesorero.

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Funciones del vicepresidente

  • Reemplazar al presidente en sus ausencias temporales o definitivas.
  • Hacer parte de la comisión empresarial.
  • Ejercer las funciones que le delegue el presidente.
  • Proponer a la asamblea la creación de nuevas comisiones de trabajo y coordinar el funcionamiento de los mismos.
  • Coordinar la gestión de las comisiones de trabajo.
  • Las demás que le encomienden.

Funciones del tesorero

  • Asumir la administración y responder por el cuidado y manejo de los dineros y bienes de la junta.
  • Llevar con responsabilidad los libros de tesorería e inventarios.
  • Firmar, junto al presidente, los cheques y documentos que impliquen manejo de dinero o de bienes, (deben tener previa orden del órgano o dignatario competente).

Funciones del secretario

  • Anunciar la convocatoria a asamblea o directiva.
  • Tener bajo su responsabilidad los libros de registro de afiliados, actas de asamblea y directiva, registrarlos y entregarlos al secretario que lo reemplace.
  • Llevar, custodiar y organizar el archivo de la junta.
  • Llevar el control de asistencia de las asambleas.
  • Junto con el fiscal y la comisión de convivencia hacer la depuración del libro de afiliados.
  • Registrar nuevos afiliados y certificar sobre la condición del mismo.
  • Llevar el control de los afiliados suspendidos, así como de las personas sancionadas con la desafiliación y tener el libro actualizado.
  • Servir de secretario en las reuniones de la asamblea y la directiva.

Funciones del fiscal

  • Denunciar ante el comité conciliador o ante las autoridades administrativas o judiciales las irregularidades que observe en la manejo del patrimonio de la junta.
  • Denunciar ante las autoridades administrativas o judiciales las irregularidades que se presenten en el manejo de recursos y bienes de la organización.
  • Vigilar que el presidente y el tesorero diligencie y cobren oportunamente los aportes y donaciones que le confieran a la junta. Asimismo, que la inversión de los mismos se hagan conformen a la ley y las decisiones de los organismos competentes.

Funciones del comité de convivencia y conciliación

  • Construir y preservar la armonía en las relaciones interpersonales.
  • Absolver las diferencias y conflictos que se presenten entre los organismos y dignatarios.
  • Declarar la perdida de la calidad de afiliados, sin que ello constituya sanción, como en el proceso declarativo de depuración del libro.

Funciones comisiones de trabajo

  • Programar, dirigir y coordinar la realización de las actividades de capacitación de sus miembros y la ejecución de proyectos que beneficien a la comunidad.
  • Convocar las reuniones de los miembros de la comisión para elaborar el plan de trabajo de desarrollo comunal.

Funciones de los delegados

  • Representar a la junta ante la asociación.
  • Defender sus derechos.
  • Votar con responsabilidad e informar por escrito, en forma periódica, a la directiva y a la asamblea sobre la decisiones y resoluciones de la asociación.

Ver video: 45 Juntas de Acción Comunal tienen elecciones atípicas